Saltar al contenido
Clave Laboral
Menú

Cada cifra, con su artículo del BOE

Paro 2026: cuánto se cobra y cuánto tiempo dura

Foto de Elina Volkova · Pexels

Calculadoras4

Escribes tus datos y sale la cuenta, con el desglose y su artículo.

Consultas2

Sin formulario: la respuesta está en la tabla o en el desglose de la página.

Hay dos sistemas distintos y conviene saber en cuál estás. La prestación contributiva depende de lo que hayas cotizado y su cuantía sale de tus bases. El subsidio es asistencial: la cuantía es fija sobre el IPREM y lo que se mira es tu situación personal y tus rentas.

Si has cotizado al menos un año

Te corresponde la prestación contributiva. Son dos cifras y hay que calcular las dos: cuánto cobras al mes y cuántos días te dura.

Sobre la cuantía, hay algo que sorprende a casi todo el mundo: el porcentaje —70 % los primeros 180 días, 60 % después— rara vez decide la cifra final. Lo que manda de verdad es el tope máximo, que se calcula sobre el IPREM y sube según los hijos que tengas a cargo. Por eso dos personas con sueldos muy distintos acaban cobrando exactamente lo mismo.

Sobre la duración, la escala es sencilla: cada 360 días cotizados en los últimos 6 años dan otro tramo de prestación, con un máximo de 720 días. Si ya has consumido paro antes, esos días no vuelven.

Si no has cotizado lo suficiente, o ya se te ha agotado

Ahí entran los subsidios, cada uno con sus requisitos, su duración y su límite de rentas. Uno merece capítulo aparte: el subsidio para mayores de 52 años, que puede durar hasta la jubilación y que, mientras lo cobras, hace que el SEPE cotice por ti. Esa cotización suele valer más que el propio subsidio.

Si vas a montar algo por tu cuenta

Puedes cobrar de golpe lo que te queda para financiar el arranque, o dejar que te paguen la cuota de autónomos mes a mes. Está en capitalización del paro, con un aviso de calendario que tumba muchas solicitudes: hay que pedirlo antes de darse de alta.

Si te sale un trabajo mientras cobras

No siempre lo pierdes todo. Con un contrato a tiempo parcial se puede compatibilizar cobrando la parte proporcional; con uno a tiempo completo se suspende y luego se reanuda. En los dos casos hay que comunicarlo, y hacerlo tarde convierte lo cobrado en una deuda. Los supuestos están en compatibilizar paro y trabajo.