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Cada cifra, con su artículo del BOE

Modelos de contratos y cartas

Contratos, cartas de despido, comunicaciones de fin de contrato y modificaciones. Aquí los redactas con los requisitos legales de cada uno señalados al lado.

Eliges el documento, rellenas los datos y te lo llevas en texto, en Word o en PDF. La parte útil no es el formato sino el margen: cada documento lleva marcado qué tiene que decir para ser válido. En una carta de despido, por ejemplo, faltar los hechos concretos y sus fechas es lo que la convierte en improcedente sin llegar a discutir el fondo.

 

Cifras de 2026, revisadas el 18/08/2026 contra el texto consolidado del BOE. Cada paso del resultado enlaza a su artículo.

Lo que el documento tiene que cumplir

Requisitos con su norma

  1. Puesta a disposición de la indemnización 0,00 €

    Tiene que ser simultánea a la entrega de la carta. No hacerlo es causa de improcedencia.

    Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, art. 53.1.b

  2. Preaviso 15 días

    O su abono en metálico si no se concede.

    Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, art. 53.1.c

Los modelos que circulan fallan por lo mismo

No por el estilo, sino por lo que se dejan fuera. Una carta de despido disciplinario sin hechos concretos y sin fechas es improcedente por defecto de forma, por muy real que sea el motivo. Una carta objetiva sin poner a disposición la indemnización en el mismo momento de la entrega, también.

Por eso aquí, al lado del texto, va la lista de requisitos con la norma que los exige. El texto se copia; la lista es la que hay que repasar antes de firmar.

Los corchetes están para verlos

Lo que no rellenas se queda marcado entre corchetes en el documento, a propósito. Un modelo que rellena solo los huecos con frases genéricas es exactamente el modelo que después no sostiene nada.

Tus datos no salen del navegador

Nombres, DNI y motivos solo se usan para componer el documento en tu pantalla. No se envían a ningún servidor ni se guardan en la dirección de la página: en esta herramienta, a diferencia de las calculadoras, no hay enlace para compartir, precisamente porque aquí escribes datos de otra persona. La descarga la genera el propio navegador con el texto que estás viendo.

Y una cosa que te toca a ti: si rellenas una carta con el nombre y el DNI de alguien, el responsable de esos datos eres tú, no nosotros. Nosotros no los recibimos.

Preguntas frecuentes

¿Qué tiene que decir una carta de despido para ser válida?

Los hechos concretos que lo motivan y la fecha de efectos. Una carta genérica, sin hechos ni fechas, se declara improcedente por defecto de forma sin llegar a discutir el fondo del asunto.

¿Hay que registrar los contratos?

Sí. Los contratos deben comunicarse al Servicio Público de Empleo a través de Contrat@ en los diez días hábiles siguientes a su concertación.

¿Sirve un contrato verbal?

Algunos sí son válidos verbalmente, pero la mayoría exigen forma escrita, y en todo caso cualquiera de las partes puede exigir que se formalice por escrito. La ausencia de forma escrita hace presumir el contrato indefinido y a jornada completa.

¿Puedo modificar las plantillas?

Sí, se descargan en texto, Word o PDF para que las adaptes. Lo que no conviene es quitar los apartados marcados como requisitos, porque son los que sostienen la validez del documento.

Fuentes oficiales

Cada cifra de esta página enlaza al artículo del que sale. No hace falta creernos: compruébalo.

Quién firma esta página

Escrita por Estela Martínez.

Autora y revisora son la misma persona: no hay revisión independiente de esta página. Se dice aquí porque un lector tiene derecho a saber quién ha revisado lo que lee.

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